È ovvio che lo è. Il figlo di cittadino italiano o di cittadina italiana ha la cittadinanza italiana per nascita. Cerca la legge 91 / 1992 in internet e leggila.
PS:
Busca también la ley sobre la nacionalidad dominicana y verás que tu hijo/a tiendrá también la nacionalidad dominicana por filiación (por ti misma, como eres doble ciutadana dominicana).
Además, si solo quieres hacer un/a hijo/a y llevartelo/a a Italia sin que vea su padre más, aunque un tal proyecto sería eticamente discutible, profesionalmente te aconsejo de hacerlo con un hombre que no tenga ni una nacionalidad de la Unión Europea, ni la nacionalidad dominicana, sino la nacionalidad de un país del que es dificil obtener un visado por Italia...
Un saludo, y... piensa al futuro de tu hijo/a antes de actuar (si esto era tu intención, y si me he equivocado, lo siento)...